29 de marzo de 1864. Los
venezolanos amanecieron con una nueva Constitución: La Constitución de los
Estados Unidos de Venezuela sancionada por la Asamblea Constituyente de la
Federación, presidida por Antonio Guzmán Blanco y el guayanés José Gabriel
Ochoa en calidad de Vicepresidente. Fue
ejecutada por el general Juan Crisóstomo Falcón, en su carácter de Jefe del
Ejecutivo Federal, en la ciudad de Santa Ana de Coro el 13 de abril. La misma dividió el territorio de la
República en veinte Estados y un Distrito Federal, organizados bajo un régimen
federativo.
En
Guayana, los diputados de los Departamentos Heres, Alto Orinoco y Upata se
constituyeron en asamblea bajo la presidencia de Serapio Machado y en nombre
del pueblo guayanés, aceptaron la Constitución de los Estados Unidos de
Venezuela sancionada el 28 de marzo y el 31 de mayo del mismo año 1864,
decretaron una constitución particular para lo que se llamó a partir de la
fecha “Estado Soberano de Guayana” dividido en Departamentos, Distritos y
Caseríos.
La
Asamblea constituyente del Estado Soberano de Guayana dictó aparte de la
Constitución Regional, otras leyes y decretos
relativos a los diversos órdenes
internos de la administración pública.
Así legisló sobre instrucción pública, sobre impuesto, papel sellado,
elecciones, emisión de billetes del Estado y dictó códigos y leyes en función
de los tribunales, milicias y rentas.
El
Estado Soberano de Guayana ratifico a Ciudad Bolívar como Capital y para su
administración dividió al Estado en cuatro Departamentos denominados Heres,
capital Ciudad Bolívar; Upata, capital Upata; Alto Orinoco, capital Caicara y
Bajo Orinoco, capital Piacoa.
El Departamento Heres quedó formado por los
distritos Ciudad Bolívar, Cedeño, Barceloneta, Almacén, Borbón, Moitaco, La
Piedra, Puruei, Maripa y Aripao.
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