martes, 29 de marzo de 2016

La Constitución Federal


Guayanés José Gabriel Ochoa

29 de marzo de 1864. Los venezolanos amanecieron con una nueva Constitución: La Constitución de los Estados Unidos de Venezuela sancionada por la Asamblea Constituyente de la Federación, presidida por Antonio Guzmán Blanco y el guayanés José Gabriel Ochoa en calidad de Vicepresidente.  Fue ejecutada por el general Juan Crisóstomo Falcón, en su carácter de Jefe del Ejecutivo Federal, en la ciudad de Santa Ana de Coro el 13 de abril.  La misma dividió el territorio de la República en veinte Estados y un Distrito Federal, organizados bajo un régimen federativo.
            En Guayana, los diputados de los Departamentos Heres, Alto Orinoco y Upata se constituyeron en asamblea bajo la presidencia de Serapio Machado y en nombre del pueblo guayanés, aceptaron la Constitución de los Estados Unidos de Venezuela sancionada el 28 de marzo y el 31 de mayo del mismo año 1864, decretaron una constitución particular para lo que se llamó a partir de la fecha “Estado Soberano de Guayana” dividido en Departamentos, Distritos y Caseríos.
            La Asamblea constituyente del Estado Soberano de Guayana dictó aparte de la Constitución Regional, otras leyes y decretos  relativos  a los diversos órdenes internos de la administración pública.  Así legisló sobre instrucción pública, sobre impuesto, papel sellado, elecciones, emisión de billetes del Estado y dictó códigos y leyes en función de los tribunales, milicias y rentas.
            El Estado Soberano de Guayana ratifico a Ciudad Bolívar como Capital y para su administración dividió al Estado en cuatro Departamentos denominados Heres, capital Ciudad Bolívar; Upata, capital Upata; Alto Orinoco, capital Caicara y Bajo Orinoco, capital Piacoa.
             El Departamento Heres quedó formado por los distritos Ciudad Bolívar, Cedeño, Barceloneta, Almacén, Borbón, Moitaco, La Piedra, Puruei, Maripa y Aripao.



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