lunes, 31 de diciembre de 2012

El Protocolo de Puerto España

 

18 de junio de 1970.  Los gobiernos de Venezuela, Guyana y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, firmaron en la Isla de Trinidad el Protocolo de Puerto España por el cual se aplazaba durante un lapso de doce años la reclamación que Venezuela venía haciendo del territorio ubicado al oeste del Río Esequibo.
            El protocolo fue firmado por el canciller Arístides Calvani, en representación del Gobierno de Venezuela; Shridath  S. Ramphal, por el gobierno de Guyana; y Roland Charles Colin Hunt, por Gran Bretaña.
            La reclamación de unos 250 mil kilómetros cuadrados de territorio fue replanteada por el gobierno venezolano a raíz de la independencia de la Guayana Británica.  El gobierno venezolano pedía reparación de la injusticia de que fue víctima con el Laudo Arbitral dictado en París en 1899 y que le privó  de un territorio vasto e importante.
            La discusión por este territorio data desde el mismo momento  (1840) en que el explorador Roberto Shomburg, al servicio de la Gran Bretaña, con el pretexto de explorar los territorios de Guayana y de establecer una línea tentativa de límites, fijó en las Bocas de Amacuro y en Barinas, la bandera inglesa y estableció señales  de dominio en la región.
            La indignación y protestas venezolanas no se dejaron esperar y todos los gobiernos que se sucedieron desde entonces se interesaron y tuvieron que ver en una u otra forma con la reclamación.  La  intervención de los Estados Unidos para que la Gran Bretaña aceptara el arbitraje fue importante, sólo que el dictamen dado en París el 3 de octubre de 1899 no fue justo.  El área en disputa alcanzaba unas 50 mil millas y de estas solamente reconocieron los derechos de Venezuela sobre unas 5.000, especialmente en las Bocas del Orinoco.  El expresidente de los Estados Unidos General Harrison y el jurista Severo Mallet – Prevost, quienes actuaron como asesores de Venezuela en el caso declararon al siguiente día del Laudo que “nada había en la historia de la controversia que explicase adecuadamente el trazado de la línea fronteriza establecida en el fallo”.

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