22 de diciembre de 1827.
Para todo el ámbito de la Gran Colombia que obviamente incluía a
la provincia de Guayana como parte del Departamento Orinoco, el Libertador
emitió un decreto disponiendo la organización de la policía ya como un cuerpo
orgánico, cuyos jefes debían cuidar "...de la seguridad pública, de la
vida, del honor y de los bienes de los ciudadanos..." Este decreto
establece la Policía de seguridad o alta policía, la Policía del aseo, la
Policía del ornato y la Policía de salubridad.
Aún la policía no usaba uniforme, excepto sus jefes que además de
uniforme, llevaban bastón, espada y una cucarda nacional en el sombrero.
Separada
Venezuela de la Gran Colombia en 1830, el Congreso de la República que entonces
tenía su sede en Valencia, dictó una serie de leyes donde se establecen las
funciones de los Consejos Municipales, entre ellas, la de organizar a la
Policía como cuerpo encargado de la salubridad, orden, ornato y comodidad
pública.
En 1857 el
Congreso de la República le otorga fuerza constitucional a la atribución
municipal de "formar los reglamentos que sean necesarios para el arreglo de la
policía urbana y rural según lo disponga la leí". También debía velar sobre su ejecución.
El gobierno
regional escasa injerencia tenía en la policía municipal y como responsables de
la seguridad pública no disponían sino de las milicias y fuerzas militares, las
cuales no resultaban convenientes para guardar el orden ciudadano. De allí que surgieran situaciones como la que
evidencia el siguiente oficio del Gobernador Manuel Planchart, fechado del 11
de marzo de 1858, y publicado en la Gaceta Municipal que entonces costaba medio
chelín, moneda inglesa que circulaba libremente en la provincia. El oficio decía así: "Señor jefe de este
cantón: Deseando evitar los desórdenes
que durante el día pueden ocasionar los vagos, ebrios y perturbadores del orden
y sosiego públicos y no existiendo una policía nacional organizada que reprima
estos abusos, autorizo para este objeto al Consejo Municipal de su dependencia
para que preste este servicio en beneficio de la sociedad. Igual necesidad se hace sentir respecto a la
seguridad que debe prestarse por la noche en una capital como ésta en donde las
rondas o patrullas son de grande utilidad, pero al hacer este servicio la
policía municipal, si se presta, debe ser bajo mis órdenes por exigirlo así la
seguridad pública de la que soy responsable.
Si así se verificare, ella y su comandante pueden venir a la Gobernación
desde esta noche a las ocho a recibir el santo y mis instrucciones. Soy de ustedes atento servidor, Manuel
Planchart
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