22 de diciembre de 1827. Para todo el ámbito de la Gran Colombia que obviamente incluía a la provincia de Guayana como parte del Departamento Orinoco, el Libertador emitió un decreto disponiendo la organización de la policía ya como un cuerpo orgánico, cuyos jefes debían cuidar "...de la seguridad pública, de la vida, del honor y de los bienes de los ciudadanos..." Este decreto establece la Policía de seguridad o alta policía, la Policía del aseo, la Policía del ornato y la Policía de salubridad. Aún la policía no usaba uniforme, excepto sus jefes que además de uniforme, llevaban bastón, espada y una cucarda nacional en el sombrero.
Separada Venezuela de la Gran Colombia en 1830, el Congreso de la República que entonces tenía su sede en Valencia, dictó una serie de leyes donde se establecen las funciones de los Consejos Municipales, entre ellas, la de organizar a la Policía como cuerpo encargado de la salubridad, orden, ornato y comodidad pública.
En 1857 el Congreso de la República le otorga fuerza constitucional a la atribución municipal de "formar los reglamentos que sean necesarios para el arreglo de la policía urbana y rural según lo disponga la leí". También debía velar sobre su ejecución.
El gobierno regional escasa injerencia tenía en la policía municipal y como responsables de la seguridad pública no disponían sino de las milicias y fuerzas militares, las cuales no resultaban convenientes para guardar el orden ciudadano. De allí que surgieran situaciones como la que evidencia el siguiente oficio del Gobernador Manuel Planchart, fechado del 11 de marzo de 1858, y publicado en la Gaceta Municipal que entonces costaba medio chelín, moneda inglesa que circulaba libremente en la provincia. El oficio decía así: "Señor jefe de este cantón: Deseando evitar los desórdenes que durante el día pueden ocasionar los vagos, ebrios y perturbadores del orden y sosiego públicos y no existiendo una policía nacional organizada que reprima estos abusos, autorizo para este objeto al Consejo Municipal de su dependencia para que preste este servicio en beneficio de la sociedad. Igual necesidad se hace sentir respecto a la seguridad que debe prestarse por la noche en una capital como ésta en donde las rondas o patrullas son de grande utilidad, pero al hacer este servicio la policía municipal, si se presta, debe ser bajo mis órdenes por exigirlo así la seguridad pública de la que soy responsable. Si así se verificare, ella y su comandante pueden venir a la Gobernación desde esta noche a las ocho a recibir el santo y mis instrucciones. Soy de ustedes atento servidor, Manuel Planchart
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