27 de Enero de 1820. La diputación permanente del Congreso de
Angostura, atendiendo a la consulta que había
hecho el Comisionado Director de
las Misiones del Caroní sobre el número
de los Distritos que en definitiva quedaría dividido su territorio, acordó: modificar
lo dispuesto en el artículo 1° del Reglamento de 6 de mayo del año anterior y
elevar de cuatro a cinco los Distritos.
De manera
que la parte Este pasó a comprender los pueblos de El Palmar, Cumámo, Miamo,
Carapo, Tupuquen, Tumeremo y Cura; el del Centro, los de Altagracia, San
Antonio, Gurí, Cupapui, Upata y Santa María; el del Sur, los de Guasipati,
Pastora, Ayma, Avechica, Puedpa, Santa Clara, San Serafín, y San Pedro de las
Bocas; el del bajo Caroní, los del Caruachi, Moracuri, Caroní, San Félix, y San
Miguel; y el del bajo Orinoco, los de Puga, Piacoa, Santa Catalina, Sacopana y
todas las rancherías de Indios de los caños.
Las Fortalezas
de Antigua Guayana quedaron reducidas a una Plaza de Armas, bajo las órdenes de
un Comandante Militar “como lo estaba en el anterior régimen, la cual debería
ser auxiliada de cuanto le sea necesario, conforme a las órdenes que expida el
gobierno”.
El decreto fue
comunicado al Supremo Poder Ejecutivo a objeto de que se procediera a su cumplimiento. Esto fue dado en el Palacio
del Soberano Congreso, capital de Guayana a 27 de Enero de 1820 – décimo de la
Independencia –Lo firman el Presidente de la Diputación – Juan Martínez – Felipe
Delepiane, Secretario.
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