jueves, 15 de enero de 2015

El confesor de Piar


15 de Enero de 1820. El Provisor de la Catedral, doctor Remigio Pérez Hurtado,  envía una relación a la Santa Sede sobre la situación  de la Diócesis de Guayana, desde su creación el 20 de mayo de 1790 hasta la fecha y en ella manifiesta su simpatía por la causa republicana y elogia el comportamiento de los soldados,  quienes “se han coronado de laureles y repetidos triunfos que libremente nos ha concedido el Gran Dios de las Batallas”.
            Domingo Remigio Pérez Hurtado, doctor en Derecho Canónico y Abogado de la Real Audiencia, nacido en El Tocuyo, Estado Lara, el primero de octubre de 1764, comenzó a figurar en la Diócesis de Guayana a fines de 1799, cuando el canónigo José Antonio García Mohedano es designado Obispo titular y lo nombra su Provisor mientras recibía las bulas, necesarias para su consagración. De manera que el cargo de Provisor lo ejerce hasta 1801 que es cuando Monseñor García Mohedano toma posesión, pero continúa como Vicario General hasta la muerte del Obispo ocurrida el 17 de octubre de 1804. Entonces vuelve a ser Provisor durante la vacante producida por la muerte del anciano prelado.
            En 1809 el canónigo José Ventura Cabello es preconizado Obispo de la Diócesis y el Dr. Pérez Hurtado pasa a ser su asesor y abogado consultor hasta 1817 que la provincia de Guayana cae definitivamente en manos de los republicanos.
            Después de la muerte del obispo José Ventura Cabello ocurrida en circunstancias dramáticas el 21 de agosto de 1817, en la Isla Guacamaya, los canónigos Felipe de Ávila y Pérez Hurtado, quienes acompañaban al prelado, son rescatados por los patriotas y devueltos al seno de la Iglesia en Angostura, donde el Libertador los insta a reunirse y ponerse de acuerdo en torno a una máxima autoridad eclesiástica para que la Diócesis no permanezca acéfala.
            El 16 de octubre de 1817 fue el confesor de Piar hora antes de ser pasado por las armas y a él le entregó un Cristo de plata para que orase nte él  hasta  puertas afuera del patíbulo.
            El clero congregado el 25 de enero de 1818 designó al canónigo Pérez Hurtado, vicario capitular y gobernador del obispado, a quien tal vez tocó la época más difícil de la Diócesis, pues decenas de sacerdotes nativos desertaron para enrolarse en la lucha por la independencia, mientras en las Misiones habían quedado desamparadas de pastor debido a la degollina de Caruachi.



miércoles, 14 de enero de 2015

Juicios Militares en Angostura

Resultado de imagen para Imagen de juicio militar en Venezuela
14 de enero de 1820.  El Soberano Congreso de Angostura, queriendo proporcionar a los militares la más acertada administración de justicia en todas sus causas y negocios, decretó:
Articulo 1° La Alta Corte de Justicia, en los negocios puramente militares, se asociará como conjueces con tres jefes militares a su elección:
            2º  Todas las apelaciones y recursos de agravio que interpongan las partes en los Tribunales militares inferiores, los haría a esta Suprema Corte, donde serán substanciados y determinados en última instancia;
            3º A este Supremo Tribunal remitirán los Generales de Ejércitos, Comandantes Generales de Provincias, Jefes de Escuadras, y Comandantes Generales de Departamentos todos los procesos de Oficiales juzgados en Consejos de Guerra de Generales para la aprobación, ó desaprobación de sus sentencias, y los de las tropas de tierra  y mar en guarnición, ó Departamento, siempre que contengan pena capital, ó presidio, quedando abolido el castigo de carrera de baquetas, u otros semejantes introducidos por el abuso;
            4º Del mismo modo remitirá todos los procesos de los Consejos de Guerra Ordinarios en campaña, cuyas sentencias hayan sido suspendidas por los jefes, o Comandantes Generales de Ejército o Marina, con dictamen de los Auditores, ó Asesores;
            5º Igualmente se harán a este Supremo Tribunal todas las consultas que tuvieren que hacer los referidos Jefes en todas las dudas que ocurran en la inteligencia de una Ley, ó por falta de ellas en los casos nuevos que se presenten, para que en su vista haga la Alta Corte la correspondiente consulta al Supremo Poder Legislativo;
            6º En todas las apelaciones de las demandas, causas, o pleitos, que hagan las partes, inconexas  con el servicio militar, y sólo del resorte de lo contencioso y civil, seguirán su curso judicial ordinario;
             7º En todos los recursos, y causas, ó procesos de que hablan los artículos 3° y 4°, en que haya necesidad de oír el dictamen fiscal, se nombrará uno de los miembros militares para que se presente, pida, y consulte el Tribunal con arreglo a las Leyes militares.



sábado, 13 de septiembre de 2014

100 mil visitantes en el Blog Cronología del Estado Bolívar


Cronología del Estado Bolívar es el décimo sexto libro del Cronista Oficial de Ciudad Bolívar, Américo Fernández. Se trata de una obra de 425 páginas que narra día por día siguiendo un orden estrictamente cronológica de cada mes, no así del año, de los acontecimientos históricos sobresalientes de la provincia de Guayana hasta quedar reducida a lo que es el actual Estado Bolívar. El libro sigue el mismo patrón de Cronología de Venezuela, escogiendo y desarrollando el suceso más importante del día del mes en una extensión promedio de dos mil caracteres. Cronología del Estado Bolívar, editada en Tipografía y Litografía Horizontes de Barquisimeto, cuenta con doce ilustraciones a toda página artísticamente diseñada por Daniel Blanco Escalona.  Por falta de financiamiento, se halla totalmente agotada en las librería por lo cual su autor la ofrece gratuitamente en este Blog que ya ha alcanzado los cien mil visitantes.